2017 llega cargado de novedades legislativas

El año arranca con muchas novedades a nivel legislativo. Y las hay para todos los públicos: autónomos, padres, propietarios de inmuebles o asalariados. Desde Santos Romero os recopilamos las cambios normativos más importantes que han entrado en vigor a partir del 1 de enero. Y nos ponemos a vuestra disposición, como siempre, para ampliar esta y otra información que sea de vuestro interés:

  1. Los que sean padres pueden disfrutar de más días de permiso de paternidad

El permiso por paternidad se amplía de trece días ininterrumpidos a cuatro semanas ininterrumpidas. Aplicable tanto a los trabajadores por cuenta ajena, a los que se les aplica el Estatuto de los Trabajadores como a los empleados públicos, que hasta ahora disfrutaban de quince días.

  1. Hay que enviar antes las facturas

El plazo para remitir las facturas a los clientes que sean empresarios o profesionales se «acorta» con el nuevo año. A partir del 1 de enero hay que enviarlas antes del día 16 del mes siguiente a la fecha en que se haya devengado el IVA de las operaciones facturadas.

  1. Los comercios pueden gestionar la devolución del IVA a viajeros electrónicamente

Se trata del sistema DIVA implantado por la Agencia Tributaria. El sistema DIVA se basa en que las tiendas, directamente o a través de las empresas de tax free, envíen a la Agencia Tributaria las facturas correspondientes a las ventas tax free que realizan (documento electrónico de reembolso).

  1. Se abre la puerta a los autónomos a tiempo parcial

Hasta el momento no tenemos una regulación de los trabajadores autónomos a tiempo parcial, únicamente se regulan sus cotizaciones cuando se encuentran en situación de pluriactividad, es decir, cuando compatibilizan un trabajo por cuenta ajena con su actividad como autónomos.

A partir del 1 de enero el Estatuto del Trabajador Autonomo  introduce la regulación de los trabajadores autónomos a tiempo parcial.

  1. El Salario Mínimo Interprofesional se incrementa un 8%

Salario Mínimo mensual: 707,70€. Estos valores representan un incremento del 8% respecto al pasado año 2016.

  1. El valor catastral de los inmuebles se revisará

En unos 1.900 municipios esta revisión será al alza y en unos 550 a la baja. Esta revisión afectará a dos impuestos: el IBI y el de Plusvalía Municipal.

  1. Se encarece el Impuesto sobre Sociedades que tienen que pagar algunas empresas

Este encarecimiento viene determinado no por la subida del porcentaje de tributación si no por la desaparición de determinadas deducciones.

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