Todos los establecimientos comerciales deben implantar las medidas sanitarias y de seguridad tras el coronavirus, sin embargo, algunos han decidido traspasar el coste de estas medidas a los consumidores.
La organización de consumidores Facua ha detectado que lo están haciendo además clínicas dentales, talleres de coches y bares, y le ha hecho llegar una queja al Ministerio de Consumo.
La nota informativa del Ministerio de Consumo admite que el cumplimiento de las medidas de higiene, desinfección, prevención y acondicionamiento por parte de los establecimientos con atención al público puede acarrearles costes adicionales, sin embargo recuerda que las medidas de higiene “no son de cumplimiento potestativo», sino «de obligado cumplimiento”, es decir, que no pueden considerarse “servicios accesorios opcionales sobre los que el consumidor o usuario tenga capacidad de aceptación o rechazo, sino que son los inherentes según la normativa vigente”.
Consumo considera que los establecimientos que lo incumplan deben ser sancionados. Siendo este tipo de tasas ilegales.
La inclusión de dichos gastos de forma desglosada en una factura podría ser considerada como una cláusula abusiva en el sentido de los puntos 4 y 5 del artículo 89 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (LGDCU), aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
Incluir los gastos de higiene o limpieza en una factura supondría que el consumidor debe hacerse cargo de unas obligaciones que competen exclusivamente al proveedor del servicio y por ello podría ser “una cláusula abusiva”, al imponer al consumidor un servicio no solicitado “y no susceptible de aceptación o rechazo” por parte del cliente, aunque hubiera sido informado previamente. La nota dice que aquellos establecimientos que apliquen este recargo estarán cometiendo una práctica que conlleva una infracción administrativa, por lo que insta a las comunidades autónomas a sancionarlos.