Lo que debes saber sobre las cláusulas ‘covid-19’ en los contratos de alquiler

Lo que debes saber sobre las cláusulas 'covid-19' en los contratos de alquiler

En los últimos meses se ha vivido una gran incertidumbre, muchos universitarios que alquilan pisos cerca de las universidades tienen dudas sobre qué pasaría con sus alquileres si vuelven a confinarnos y ellos tienen que volverse a sus ciudades de origen. Lo mismo ocurre con locales comerciales, con personas que están disfrutando de un alquiler vacacional, o personas que se han desplazado a otra ciudad o país por trabajo.

Tanto arrendadores como arrendatarios tienen esta duda, por ello se están observando algunos casos en los que incluyen “cláusulas covid” en contratos de alquiler. 

La finalidad de este tipo de cláusulas es regular que pasaría y cómo afectaría al contrato nuevos confinamientos, un estado de alarma, limitación a la movilidad etc…,  que obligue a las partes a cambiar sus rutinas, modos de vida e incluso su lugar de residencia.

Ante su posible proliferación recomiendan a ambas partes dedicar el tiempo suficiente a revisar el contrato con detenimiento.

 

¿Las “cláusulas covid” son legales?

Si, son legales, la finalidad es que las partes contemplen en el contrato, que ocurría y como les afectaría ante un hipotético nuevo confinamiento, limitación de movilidad, etc.. y esclarecer el mayor número de dudas al respecto 

 

¿Cómo se debe elaborar una ‘cláusula covid’?

Es recomendable que un contrato de alquiler sea lo más detallado posible, por lo que es beneficioso abarcar este tipo de supuestos posibles.

La cláusula se elabora a petición de la parte interesada, por ejemplo: 

Un estudiante universitario o trabajador podría pedir que el contrato se rescindiera en caso de un nuevo confinamiento que le obligara a volver a su domicilio previo en su localidad de origen. El propietario puede pactar con el inquilino una cantidad a percibir en caso de un nuevo estado de alarma que le garantizara seguir cobrando las rentas en lugar de rescindir el contrato completamente, pudiendo evitar asimismo la morosidad. También las partes pueden pactar  una rebaja en el importe de la renta mensual, condonación, aplazamiento etc..

Ambas partes deberán negociar un acuerdo para poner ese anexo por escrito en dicho contrato de alquiler. 

 

Se debe ser cauteloso a la hora de incorporar una cláusula en el contrato de vivienda. Si necesitas ayuda, no dudes en contactarnos, nos especializamos en contratos.

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