El Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo extiende la protección a los más vulnerables. Esta medida prorroga cuatro años adicionales la suspensión de los lanzamientos para deudores vulnerables, lo que supone que hasta 2024 ninguna persona en situación de vulnerabilidad podrá ser expulsada de su domicilio por impago de la hipoteca.
Prolongación de la suspensión de lanzamientos para personas vulnerables
Se amplía también el concepto de colectivo vulnerable, es decir, además de los titulares de la hipoteca que estén en posición de desempleo o familias con algún miembro con discapacidad, en situación de dependencia o mayores de 60 años, se incluirán como beneficiarios de la suspensión de lanzamientos a familias monoparentales con un solo hijo.
Aumenta el límite referencial de vulnerabilidad
Se aumenta el límite de ingresos máximos de la unidad familiar que sirve de referencia para determinar la vulnerabilidad en términos del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples en función del número de hijos y de si es una familia monoparental y permitir beneficiarse de la referida medida, al incrementarse por cada hijo a cargo dentro de la unidad familiar en 0,15 veces el IPREM para las familias monoparentales (968,10 euros por 12 pagas y 1.127,87 euros por 14 pagas) o en 0,10 veces el IPREM para el resto de familias (645,40 euros por 12 pagas y 751,91 por 14 pagas).
El nivel de ingresos familiar máximo para acogerse a esta medida se incrementará en función del número de hijos.
Este Real Decreto Ley también prevé la suspensión de lanzamientos con independencia de si la vivienda se adjudica a un banco o a un tercero y amplía la protección a los más vulnerables con independencia de dónde se adjudique el bien.